Régimen Especial de los Bienes Usados (REBU)
Artículos 135 a 139 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.
En ARESIX, la compraventa de videojuegos, consolas, mandos y equipos tecnológicos de segunda mano adquiridos a particulares o a otros sujetos pasivos en el marco del REBU se rige estrictamente por la normativa tributaria española vigente.
1. Facturación sin desglose de IVA
Conforme a lo dispuesto en el artículo 138 de la Ley del IVA, en las facturas emitidas por ARESIX a clientes finales por operaciones sujetas a este régimen especial:
- No se desglosa la cuota repercutida de IVA de forma separada en la factura.
- El precio indicado en la web y en el ticket de compra es el importe final, con el impuesto legalmente incluido.
- La factura contiene obligatoriamente la mención legal reglamentaria: "Régimen especial de los bienes usados".
2. Determinación de la Base Imponible
La base imponible del IVA tributa exclusivamente sobre el margen de beneficio bruto obtenido por ARESIX (diferencia entre el precio de venta y el precio de adquisición del bien), garantizando que el particular que nos vende un videojuego no sufra una doble imposición injustificada.
3. Libro Registro Oficial
Cada unidad ingresada en ARESIX dispone de un identificador unívoco (ej: ARESIX-000453) que vincula de forma fehaciente el contrato de compra con DNI del vendedor, fecha y precio de compra, con la posterior factura o ticket de venta emitido. Dicha información se exporta periódicamente a la asesoría fiscal para su inclusión en las declaraciones tributarias trimestrales (Modelo 303) y anuales (Modelo 390).